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CEEPAC obligado a respetar resolutivo del TRIFE

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domingo, abril 28, 2024

 

«El acuerdo que echa abajo el Tribunal Federal Electoral debe tener efectos en el ámbito local de la aplicación de la ley estatal», señaló la Vocal Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE), Ana Lilia Pérez Mendoza, quien dijo que en primera instancia los lineamientos aprobados por el INE abarca a todos los funcionarios públicos de los diferentes niveles de gobierno, y por lo tanto queda sin efectos también a nivel local, esto en cuanto a la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, al revocar el acuerdo del INE sobre lineamientos de difusión de informes de gobierno, con lo que se garantiza el respeto al derecho de la libre expresión.

 

Pérez Mendoza señaló que si bien es cierto queda sin efectos el lineamiento aprobado por el INE, que alargaba está prohibición que la ley establece para la promoción personalizada de servidores públicos, sobretodo la vinculada con la suspensión de la propaganda gubernamental en el marco de un proceso electoral, esta no dejaba de existir, es decir la ley establece que a partir del inicio de las campañas electorales se tiene que suspender la propaganda gubernamental de todo tipo.

 

Enfatizó que en el marco del proceso electoral, quienes estén aspirando a la reelección deben de ser «escrupulosamente cuidadosos» de cómo rendir sus informes de actividades, pueden rendirlos pues tienen que cumplir con principios constitucionales de rendición de cuentas y transparencia pero lo que deben de hacer es cuidar no utilizar recursos públicos en promoción personalizada cuando tienen aspiraciones.

 

Destacó que a partir del inicio del proceso electoral se puede configurar actos anticipados de precampaña en este momento, y hasta que inician las campañas en forma, luego entonces si los funcionarios quieren aspirar al reelegirse es un tema que están obligados a cuidar porque si incluyen en sus informes de labores imagen, nombre, eslogan, y logotipos pueden estar ante la configuración de actos anticipados de precampaña, «los lineamientos no trascendieron hasta esta etapa como era la pretensión del Instituto Nacional electoral cuestiones de criterio, pero si se aplica en el ámbito local».

 

 

Finalmente cuestionada sobre el caso del gobernador del estado, quién tiene promocionales de su informe de gobierno, señaló que en este caso en tanto no haga uso de logotipo del partido político del cual surge el Gobierno Estatal como tal no estaría frente a una propaganda política ni propaganda electoral, salvo que en su informe o a los promocionales haga referencia al proceso electivo.

 

En contraparte la consejera presidenta del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac), Laura Elena Fonseca Leal, señaló que a partir de este primero de septiembre ninguna funcionario público puede hacer promoción personalizada en la rendición de sus informes de actividades, aunque dejo de lado la resolución que emitió el Tribunal Federal Electoral en dos sentidos: primero en cuanto al derecho a la información; y el otro a la libertad de expresión, resolución que afecta las limitaciones que tendrán los funcionarios, gobernadores, alcaldes, diputados en cuanto a la rendición de sus informes de gobierno.

 

Recordó que el artículo 134 de la Constitución establece que no deberá haber promoción personalizada de funcionarios públicos, algo que dijo está establecido todo tiempo no nada más en un proceso electoral, pero a partir del día de hoy que inició el proceso electoral lo que se establece son actos anticipados de campaña por lo cual cualquier tipo de promoción los funcionarios deberán de ser «muy cuidadosos» de que ninguno de sus actos sea una promoción a su persona como candidato, no deberán utilizar fotografías, logos de partidos, colores de partidos, frases de candidatos, o solicitar el apoyo ciudadano en el desarrollo de sus actividades.

 

Las quejas se pueden presentar en los órganos administrativos como el Ceepac y el Instituto Nacional Electoral (INE), las denuncias se tienen que presentar en los órganos jurisdiccionales como los tribunales electorales y la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade), «a partir del día de hoy cualquier acto que este fuera de los lineamientos establecidos en las leyes serán actos anticipados de campaña y pueden perder su derecho a registrarse como candidatos».

 

 

Finalmente dejó en claro que se puede hacer un informe del presidente municipal, del gobernador de los diputados, pero solo un informe de actividades y está su derecho salvaguardar.

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