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Urge dictaminar las iniciativas de reforma a la Ley Ambiental

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jueves, mayo 2, 2024

El presidente de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente del Poder Legislativo diputado Jesús Cardona Mireles, informó que antes de que concluya funciones esta Legislatura buscarán dictaminar las iniciativas de reforma a la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí.

Propone prohibir a todo establecimiento económico, mercantil o comercial, proporcionar a los consumidores cualquier tipo de bolsa de plástico desechable para el acarreo de productos, ya sea de manera gratuita o a la venta para ese propósito.

“Se presentó una iniciativa hace unos días por parte del diputado Eduardo Guillén, y acaba de presentarse otra iniciativa por parte de los diputados Héctor Mendizábal y Gerardo Serrano, en la cual están pidiendo que se prohíba la utilización de las bolsas de plástico en los establecimientos comerciales; por ello, la próxima semana estaremos sesionando para analizarlas y ver si las podemos dictaminar antes de concluya funciones esta Legislatura”, explicó Cardona Mireles.

Dijo que en caso de que estas iniciativas se dictaminen la próxima semana, no alcanzaría someterlas a votación ante el pleno del Congreso del Estado en la sesión extraordinaria del 10 de agosto, sino que se agendaría este tema para un siguiente periodo extraordinario.

Cardona Mireles puntualizó que estas iniciativas que buscan prohibir la distribución de bolsas de plástico desechable, tienen la finalidad de disminuir la contaminación, por ello harán un análisis minucioso para definir una postura al respecto.

Cabe recordar que la iniciativa de reforma de los legisladores Mendizábal y Serrano incluye las bolsas plásticas desechables para el acarreo de los productos comercializados o artículos que hayan recibido un servicio suministrado dentro del establecimiento económico, mercantil o comercial; la disposición no es aplicable en el uso de bolsas de empaque o producto de origen.

Se indica que en el caso de que el comercio proporcione bolsas reutilizables o desechables biodegradables, no habrá sanción alguna, en los términos de lo descrito en el artículo 47 fracción Vi de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí, entre otros preceptos.

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