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Estadísticas día Internacional del derecho de acceso universal a la información

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domingo, mayo 19, 2024

·      En 2019, 62.6% de la población de 18 años y más dijo conocer o haber escuchado sobre el derecho de acceso a la información.

·      En 2019, la información de gobierno más consultada por la población fue la relacionada con seguridad pública (39.3%), servicios de salud (33.8%) y para conocer sobre trámites, servicios y formatos (32.3 por ciento).

·      Entre 2015 y 2018, el número de solicitudes de información recibidas a nivel nacional por las instituciones públicas creció 84.6 por ciento.

·      Más de 80% de las personas que recibieron respuesta a sus solicitudes de información se dijeron satisfechos y calificaron la información recibida con una gran variedad de atributos positivos.

En México, el acceso a la información es un derecho fundamental reconocido en el artículo 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) que, conforme al derecho internacional, incluye el derecho de toda persona a solicitar, acceder y recibir información de organismos públicos y privados que reciben recursos públicos o ejercen actos de autoridad y establece la obligación del Estado para garantizar el acceso efectivo a ella. Por lo anterior, en 2015, la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) proclamó el 28 de septiembre como el Día Internacional del Derecho de Acceso Universal a la Información, por medio del cual invita a todos los países miembros y a la sociedad a conmemorar este día y a promover que todas las personas tengan acceso efectivo a este derecho.[1]

Ante la importancia del derecho de acceso a la información como derecho habilitante de otros derechos y por ello, elemento esencial en las sociedades democráticas, el INEGI presenta información sobre cómo ejerce la ciudadanía mexicana este derecho, a partir de los datos que proporciona la Encuesta Nacional de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (ENAID) edición 2016 y 2019 (https://www.inegi.org.mx/programas/enaid/2019/) con cobertura temporal de enero a diciembre de 2015, de enero a abril de 2016 y para el año 2019, así como los datos provistos por los Censos Nacionales de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales Estatal ediciones 2016 y 2019 (https://www.inegi.org.mx/programas/cntaippdpe/2019/) y Federal ediciones 2017 y 2019 (https://www.inegi.org.mx/programas/cntaippdpf/2019/) que contienen información sobre el año inmediato anterior a su publicación.

En nuestro país, en 2019, 62.6% de la población de 18 años y más que habita en áreas urbanas dijo conocer o haber escuchado sobre el derecho de acceso a la información y 54.8% dijo tener conocimiento o haber escuchado acerca de una institución que garantice el ejercicio de este derecho, cifra que fue 4.2 puntos porcentuales mayor al nivel de conocimiento observado en 2015-2016.

Como parte de su vida cotidiana, las personas constantemente buscan estar informadas en distintos temas, tanto del ámbito público como del privado. A nivel nacional, la información sobre noticias y actividades recreativas o de entretenimiento como música, cocina, cartelera de cine, conciertos u obras de teatro, así como noticias y temas de economía fue la más consultada.

Respecto de la información que genera el gobierno, en 2019 los temas más consultados se relacionaban con seguridad pública (39.3%), servicios de salud (33.8%) y para conocer sobre requisitos para trámites, servicios y formatos (32.3%). Destaca que respecto a 2015 y 2016, en 2019 aumentó la confianza de la población en la información que ofrece el gobierno; sin embargo, 50.2% de las personas señalaron que obtener este tipo de información fue una tarea difícil o muy difícil.

La realización de solicitudes de acceso a la información a las instituciones públicas es otra forma de ejercer este derecho y una de las que reciben mayor atención en el análisis del ejercicio de este derecho, aunque no constituye la única. Entre 2015 y 2018, el número de solicitudes de información creció 84.6% y más de 80% de las personas que alguna vez habían realizado una solicitud de información y obtuvieron respuesta, dijeron estar satisfechas con la información recibida. La vinculación de la solicitud con la satisfacción de la ciudadanía en la respuesta aportada es un indicador importante para la evaluación de la transparencia gubernamental reactiva, es decir, la manera como las instancias gubernamentales responden a las peticiones ciudadanas de información.

Las principales inquietudes que motivan a la población a realizar solicitudes de información están relacionadas con conocer los requisitos para acceder a un beneficio, ejercer un derecho o cumplir con una obligación. Esto refuerza la idea de que el derecho de acceso a la información funciona como puente entre la sociedad y gobierno y se vincula directamente con el acceso y ejercicio de otros derechos. Aunque también deja en claro que existe un amplio margen de oportunidad para que los gobiernos de todos los niveles ahonden en las estrategias de difusión de servicios y trámites entre la población general.

Como una oportunidad para acercar la información de gobierno a una mayor cantidad de personas, se encuentra que más de la mitad de la población señaló que le gustaría obtener información gubernamental por medio de la televisión y en medios sociodigitales, como Facebook o Twitter.

De esta manera el INEGI refrenda su compromiso de generar información que oriente a ciudadanos e instituciones en la construcción de una sociedad más democrática a través del fortalecimiento de los derechos fundamentales, como el derecho de acceso a la información.

Se anexa Nota Técnica

Para consultas de medios y periodistas, contactar a: comunicacionsocial@inegi.org.mx

o llamar al teléfono (55) 52-78-10-00, exts. 1134, 1260 y 1241.

Dirección de Atención a Medios / Dirección General Adjunta de Comunicación

ESTADÍSTICAS A PROPÓSITO DEL DÍA INTERNACIONAL DEL DERECHO DE ACCESO UNIVERSAL A LA INFORMACIÓN (28 DE SEPTIEMBRE)

Contexto

La información es fundamental para tomar decisiones o prever frente a hechos o circunstancias que ocurren en el entorno de las personas. Por ejemplo, en tiempos como el de la actual emergencia sanitaria, contar con información confiable es un elemento central para salvar vidas, generar confianza y desarrollar políticas sostenibles.[2]

El acceso a la información es considerado un derecho fundamental de toda persona para solicitar, acceder y recibir información que generan y resguardan los organismos públicos y privados que ejercen una función pública. Es por ello que, en 2015, la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) proclamó el 28 de septiembre como el Día Internacional del Derecho de Acceso Universal a la Información, por medio del cual invita a todos los países miembros y a la sociedad a conmemorar este día y a promover que todas las personas tengan acceso efectivo a este derecho.[3] En México, este derecho fundamental está reconocido en el artículo 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).

El acceso a la información de interés público es parte esencial de la democracia y un principio necesario para la consecución del bienestar social,[4] pues permite la participación informada de los integrantes de la sociedad en la deliberación, gestión y evaluación de los problemas públicos y sus propuestas de solución.[5] La transparencia gubernamental y las políticas de transparencia institucional —que materializan el derecho de acceso a la información— son también pilares en el combate a la corrupción[6] y en la consolidación de la rendición de cuentas sobre el quehacer público, la gestión de los recursos públicos,[7] y la justificación de las decisiones gubernamentales.[8]

Por ejemplo, la última reforma a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP) obliga a los Poderes Judicial Federal y de las entidades federativas a poner a disposición de la ciudadanía las versiones públicas de todas las sentencias emitidas, con lo que se abre la puerta para que cualquier persona conozca cómo se dirime un conflicto, el razonamiento de los jueces, y la manera en que se protegen —o no— los derechos humanos de las partes involucradas.

Asimismo, gracias al derecho de acceso a la información, la ciudadanía puede ejercer otros derechos, es decir, es un derecho habilitante.[9] Contar con información clara sobre la provisión de servicios públicos permite a la población ejercer el derecho a la educación al conocer ubicación de escuelas y requisitos de inscripción, así como el derecho a la salud y a una vida libre de violencia, entre otros. Además, permite conocer si las decisiones de las instituciones públicas de cualquier nivel y orden de gobierno se estructuran de acuerdo con los principios que determina la ley.

En el plano internacional, el derecho de acceso a la información (DAI) se reconoce en la Declaración Universal de los Derechos Humanos,[10] el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,[11] el Pacto de San José,[12] entre otros, que establecen que todos los individuos tienen derecho a expresarse y son libres de buscar, investigar, recibir y difundir información de diversa índole, ya sea oralmente o de forma escrita o impresa.

En México, desde 2002 y hasta 2015, se han generado una serie de reformas constitucionales y normativas que han permitido generar un marco legal e institucional para el ejercicio del derecho de acceso a la información pública. México destaca por ser de los primeros países que asumieron esta transformación y la reforma constitucional de 2002 se enmarca en un periodo de transformación de alcance mundial, donde más de 100 países han promulgado ya leyes de acceso a la información (Mapa 1). La legislación mexicana destaca por la calidad de la legislación, medida a través de las dimensiones de derecho de acceso a la información que abarca, procedimientos de solicitud, recursos, sanciones y medidas de protección que ofrece, así como por las características del órgano garante.[13]

La existencia de leyes de acceso a la información en todo el mundo contribuye al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en donde la garantía del acceso público a la información es una meta habilitante para la protección de las libertades fundamentales, de conformidad con las leyes nacionales y los acuerdos internacionales.[14]

Ante la relevancia de este derecho, el INEGI presenta información sobre cómo la sociedad mexicana ejerce el derecho de acceso a la información, con base en la Encuesta Nacional de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (ENAID) y los Censos Nacionales de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, Estatal y Federal.[15]

El derecho de acceso a la información en México

En 1977, la reforma al artículo 6° constitucional estableció la obligatoriedad que tiene el Estado de garantizar el derecho a la información de la ciudadanía; no obstante, fue hasta 2002 con la aprobación de Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG) que materializó el derecho de petición y consulta de cualquier persona. La aprobación de la LFTAIPG marcó el inicio acelerado de las adecuaciones constitucionales y normativas a nivel federal y estatal, de tal suerte que para 2007 (año de la segunda gran reforma constitucional en materia de transparencia), la diversidad de criterios en la normatividad estatal llevó a un movimiento ciudadano que culminó con una tercera reforma constitucional en 2014 que estuvo acompañada por la aprobación de LGTAIP en 2015, que homologó los principios que debe observar el acceso a la información pública a lo largo y ancho de toda la República Mexicana. Un rasgo notable de la reforma constitucional de 2014 es que agregó como responsabilidad de los sujetos obligados por la Constitución y la legislación aplicable, el llevar a cabo todas las medidas para el buen resguardo de toda la información que documenta el actuar público y con esto, abrió las puertas a la segunda gran reforma en materia de transparencia: la creación del Sistema Nacional de Archivos, elemento indispensable para el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información.

Particularmente, estas leyes de acceso a la información establecen una serie de responsabilidades aplicables a las instituciones públicas y privadas que reciben y ejercen recursos públicos o ejercen actos de autoridad, para que rindan cuentas, difundan información actualizada sobre la composición y funciones de cada organización, así como datos sobre la estructura y facultades de las áreas que la conforman; sobre metas, objetivos e indicadores; el directorio de servidores públicos, remuneraciones, declaraciones patrimoniales, entre otros.

Además de la información que deben publicar las instituciones públicas (transparencia proactiva), los ciudadanos tienen la opción de preguntar a estas instituciones lo que sea de su interés, por medio de solicitudes de información, las cuales se pueden presentar a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, o de manera presencial, vía correo electrónico, postal o telefónicamente.

En nuestro país, la mayoría de la población tiene conocimiento sobre el derecho a la información, pues de acuerdo con la ENAID 2016, 50.6% de la población señaló que conocía o había escuchado sobre la existencia de una Ley encargada de garantizar el acceso a la información pública en México, y en 2019, 62.6% de la población de 18 años y más dijo conocer o haber escuchado sobre el derecho de acceso a la información.

En nuestro país, el derecho de acceso a la información es garantizado por una institución que cuenta con autonomía constitucional, lo que le otorga independencia e imparcialidad para vigilar que los sujetos obligados por la Constitución y la norma otorguen a la ciudadanía la información que se demanda o necesita. A nivel federal, el órgano garante es el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), y a nivel estatal, el equivalente son los organismos garantes del derecho de acceso a la información, ahora agrupados en el Sistema Nacional de Transparencia. Los órganos garantes se encargan de vigilar que los sujetos obligados respondan a la ciudadanía con apego a los principios de certeza, eficacia, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad, objetividad, profesionalismo y transparencia; y promueven que los sujetos obligados publiquen la información que poseen de acuerdo con la normatividad, velando por la accesibilidad de la información. Para 2019, 54.8% de la población dijo tener conocimiento o haber escuchado acerca de la existencia de alguna institución de gobierno que garantice el derecho de acceso a la información, cifra que fue 4.2 puntos porcentuales mayor al nivel de conocimiento observado entre 2015 y 2016.

Si bien el conocimiento del derecho de acceso a la información se encuentra difundido entre la población mexicana, se distinguen algunas diferencias al comparar entre regiones del país.[16]

En la zona Centro, alrededor de 6 de cada 10 personas de 18 años y más dijeron haber escuchado o conocer sobre el derecho de acceso a la información, cifra que fue 8.4 puntos porcentuales mayor al nivel de conocimiento observado en la región Norte (Cuadro 1).

El conocimiento sobre el derecho de acceso a la información está relacionado con el conocimiento de la institución encargada de garantizar dicho derecho; en 2019 el porcentaje de personas que dijeron haber escuchado o saber acerca de ella fue mayor en las regiones Centro y Centro-Occidente que en las regiones Norte y Sureste.

Estas diferencias regionales podrían estar asociadas con las acciones en materia de difusión de la cultura de acceso a la información pública que llevan a cabo los órganos encargados de garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información a nivel local. Respecto a las regiones Norte y Sureste los órganos de transparencia estatales de las regiones Centro y Centro-Occidente realizaron, durante 2018, una cantidad mayor de actividades de promoción de temas sobre transparencia y sobre el derecho de acceso a la información y de protección de datos personales en sitios web, redes sociales, medios impresos, radio, televisión, entre otros, así como un mayor número de capacitaciones, exposiciones y jornadas para promover el ejercicio del derecho de acceso a la información.

Número de eventos y actividades de difusión en materia de accesoa la información y conocimiento del Derecho de Accesoa la Información (DAI) por regiónCuadro 1
2018 y 2019
RegiónConocimiento acerca del DAI 1Conocimiento sobre una institución 2Eventos y actividades, 2018 3
Estados Unidos Mexicanos62.654.831 054
Región Centro Occidente62.953.718 299
Región Centro66.060.910 026
Región Sureste61.650.22 291
Región Norte57.648.1438
1. Se refiere al porcentaje de población de 18 años y más con conocimiento del DAI en 2019
2. Se refiere a la población de 18 años y más con conocimiento de una institución que garantiza en DAI en 2019
3 Se refiere a la cantidad de eventos realizados en 2018 por el Organismo Garante para la promoción de la transparencia, el derecho de acceso a la información y de protección de datos personales en sitios web, redes sociales, medios impresos, de manera presencial, en las unidades de transparencia, radio televisión y otros medios no especificados y a la cantidad de actividades dirigidas al público durante 2018 que realizó el Organismo Garante para la promoción de la transparencia y el derecho de acceso a la información como capacitaciones, exposiciones, mesas y jornadas de trabajo, convocatorias y otras actividades no especificadas.
Fuente: INEGI. Censo Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales Estatal, 2019                         Encuesta Nacional de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (ENAID) 2019
                      

El derecho a ser informado

Como parte de su vida cotidiana, la población consulta una gran diversidad de temas, muchos de los cuales trascienden el ámbito gubernamental (Gráfica 1). A nivel nacional, los temas más recurrentes que la ciudadanía buscó durante 2019 para su vida cotidiana fueron las noticias y los temas relacionados con actividades recreativas o de entretenimiento como música, cocina, cartelera de cine, conciertos u obras de teatro. En menor medida, 3 de cada 10 mexicanos consultaron información de gobierno en ese año. Es interesante notar las diferencias por sexo; mientras que las mujeres consultaron con mayor frecuencia información de amigos, de familiares o clima, los hombres fueron más proclives a consultar información sobre deportes, noticias o tráfico o transporte público.

El derecho a la información tiene dos caras: la oferta de información por parte de los sujetos obligados por la Constitución y la norma, y la demanda directa de información de parte de la sociedad mexicana a la cual los sujetos obligados deben responder con prontitud, oportunidad y veracidad.

Con relación a la información que genera y ofrece el gobierno sin mediar petición o solicitud ciudadana, los tres temas sobre los que más escuchó o leyó la población mexicana durante 2019 fueron seguridad pública, narcotráfico o delincuencia, seguido de información sobre desastres naturales y servicio público de salud. Comparado con los resultados de la ENAID 2016, hubo una disminución en la proporción de personas que estuvieron enteradas de temas de gobierno; en particular, esta disminución fue más notoria en los temas relacionados con elecciones, salud o educación pública (Gráfica 2).

Además de la información que leen o escuchan, las personas suelen consultar información específica del gobierno, ya sea para acceder a bienes y servicios, para reportar problemas del lugar donde viven, por cuestiones de trabajo, o simplemente para estar informadas.

A diferencia de 2015, año en los que la información de requisitos para trámites, servicios y formatos gubernamentales fue la más consultada, en 2019 el tema de seguridad pública se posicionó como el más consultado en la vida cotidiana de la sociedad mexicana (Gráfica 3). Esto confirma que la seguridad pública es el tema de mayor interés para la población del país, tal como muestra la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE), cuyos datos de 2019 revelan que la inseguridad fue el problema que mayor preocupación le causó a 67.2% de las personas de 18 años y más, proporción que duplica el segundo tema de más preocupante que fue el desempleo (32.8%).[17]

Por su parte, parece haber un mayor interés por la información que genera el gobierno. En 2019 disminuyó 6.5 puntos porcentuales la proporción de personas que no consultaron información de gobierno, respecto al porcentaje observado en 2015.

Al indagar en la confianza de la población a la información que ofrece el gobierno, destaca que, respecto a 2015-2016, en 2019 aumentó de manera notoria la proporción de la población que manifestó tener mucha confianza en la información que ofrece el gobierno, en más de 10 temas explorados por la ENAID.[18] Una manera distinta de ver esta tendencia es observar la disminución de la proporción de personas que señalaron tener mucha desconfianza en la información gubernamental; en especial, en la información que atañe al desempeño de los gobiernos, estado de la economía, elecciones y sobre salarios y sueldos de funcionarios públicos. Este aumento generalizado de confianza en la información gubernamental no se manifiesta de forma homogénea entre los temas; por ejemplo, aunque seguridad pública fue el tema más consultado en 2019 y el que más preocupación generó entre la población, fue también uno de los temas en los que más desconfianza tuvo la ciudadanía, solo por detrás de la información sobre salarios y sueldos de los funcionarios públicos (Gráfica 4).

Al desafío de ganar confianza en la calidad de la información se suma el reto de facilitar su acceso. En 2019, una de cada 2 personas de 18 años y más (50.2%) consideraron que obtener la información que genera el gobierno es una tarea difícil o muy difícil, mientras que 49.8% consideró que el acceso es fácil o muy fácil.[19] Esta dificultad se acentúa en la población de 46 años y más, entre las que 54.5% expresaron que obtener información del gobierno fue una tarea difícil o muy difícil, mientras que 46.0% y 41.5% de las personas entre 30 y 45 años y 18 a 29 años compartieron esta opinión, respectivamente.

Esto puede ser producto de la tendencia a ofrecer la información de los sujetos obligados por medio de fuentes electrónicas o digitales y la brecha que existe entre generaciones sobre la familiarización y confianza en el uso de estas estrategias de comunicación. Por ejemplo, si bien en 2019 los sitios web de los gobiernos, los portales de transparencia, la Plataforma Nacional de Transparencia y, en términos generales, el Internet, fueron los medios que la mayoría de la población identificó para acceder a la información gubernamental, no obstante, más de la mitad de la población mexicana señaló que le gustaría obtener información del gobierno por medio de la televisión, seguido del internet (Gráfica 5).

Los datos indican que una oportunidad para facilitar el acceso a la información pública está en ampliar los canales de difusión para llegar a más personas, pues además de la televisión y el internet, la población también señala que le gustaría recibir información gubernamental a través de la radio y redes sociodigitales, como Facebook o Twitter, medios que son preferidos en mayor proporción que acudir directamente a las oficinas de gobierno. De esta manera, los nuevos canales de comunicación que ofrece el internet y las redes sociodigitales representan una oportunidad para que las instituciones públicas acerquen la información que producen a una mayor cantidad de personas.

Como se mencionó, el derecho de acceso a la información pública también se ejerce de manera directa a partir de peticiones de información en donde cualquier persona puede solicitar información relacionada con las actividades de los sujetos obligados por la norma. A partir de la reforma constitucional de 2014, estas peticiones no deben referir a un asunto o documento específico, los y las ciudadanas del país pueden preguntar cualquier cosa a los sujetos obligados y estos deben realizar un esfuerzo por responder de la mejor manera al solicitante. Mucha atención se pone en las características de las solicitudes de información (tipo, cantidad, tiempos de respuesta, etcétera), pero es importante destacar que éstas son solo una de las múltiples manifestaciones del ejercicio de acceso. La siguiente sección indaga en algunas características de las solicitudes de información presentadas por la ciudadanía.

El derecho a solicitar información

El derecho de acceso a la información configura la posibilidad de que las personas puedan preguntar a sus gobiernos y examinar archivos, registros y otros datos en posesión de las organizaciones que reciben y ejercen recursos públicos o realizan actos de autoridad.

Entre 2015 y 2018, el número de solicitudes de información recibidas a nivel nacional por los sujetos obligados y reportadas ante los institutos garantes tanto del orden federal como de las entidades federativas, experimentó un crecimiento de 84.6%, al pasar de 421 256 solicitudes en 2015 a 777 691 en 2018. Así, las tasas de solicitudes de información por cada 100 mil habitantes de casi todas las entidades del país tuvieron un incremento, que es más notorio en entidades como Campeche, Baja California Sur, Hidalgo, Nayarit, Quintana Roo y Zacatecas con aumentos de más del doble en el número de solicitudes por cada 100 mil habitantes. Las excepciones fueron Querétaro y Puebla donde la tasa disminuyó (Gráfica 6).

Las diferencias estatales se acentuaron en 2018, cuando el número de solicitudes de información recibidas por los sujetos obligados ponderadas por cada cien mil habitantes superó mil unidades en la Ciudad de México y Jalisco, que se mantienen como las dos entidades que más solicitudes de información reciben en el país con 30.8% de las solicitudes hechas en 2018. En contraste, en Querétaro, Tamaulipas, Nuevo León, Chiapas y Puebla, la tasa de solicitudes por cada cien mil habitantes no rebasó los doscientos casos.

Al indagar en el tipo de instituciones públicas obligadas que recibieron la mayor cantidad de solicitudes de información, se encontró que las instituciones del Poder Ejecutivo concentraron más de 70% de las peticiones de información recibidas en 2018, tanto en el ámbito local como en el federal (Gráfica 7), lo que no constituye una sorpresa si se considera que son las instancias del poder ejecutivo a nivel federal y subnacional las principales proveedoras de bienes y servicios a la sociedad. Esto se refuerza con el hecho de que la información más consultada hasta 2019 fueron requisitos para trámites y servicios, o requerimientos de formatos (Gráfica 8).

Si a lo anterior se añade la proporción de personas que había realizado una solicitud de información sobre apoyos y programas sociales o requerimientos de información de servicios educativos y becas, se observa que más de la mitad de las inquietudes ciudadanas que motivaron una solicitud se orientan a conocer los requisitos para acceder a un beneficio, ejercer un derecho o cumplir con una obligación. Esto refuerza la idea de que el derecho de acceso a la información funciona como puente entre la sociedad y gobierno y se vincula directamente con el acceso y ejercicio de otros derechos; y da cuenta de una pauta de acción para los gobiernos de todos los niveles en cuanto a facilitar la información de acceso a servicios y derechos a la ciudadanía a fin de evitar que sean los propios ciudadanos y ciudadanas quienes tengan que recurrir a una petición explícita.

Otros temas de interés para la población fueron la estructura, percepciones y funciones de los servidores públicos, aspectos en los que indagó 23.7% de las personas de 18 años y más residentes de zonas urbanas.

Hasta 2019, 72.4% de las personas manifestaron que obtuvieron la información que solicitaron en su última experiencia de solicitud de información a algún sujeto obligado. De este porcentaje, 81.3% expresó sentirse satisfecha con la respuesta que recibieron. Asimismo, más de 80% de estas personas calificaron la información recibida con una gran variedad de atributos positivos (Gráfica 9).

Esta valoración ciudadana da cuenta de los avances que se han logrado en la consolidación de las solicitudes de información como un mecanismo de acercamiento de la ciudadanía a información relevante, así como de los avances institucionales para hacer válido este derecho.

Los datos que se muestran en este comunicado dejan ver la internalización del derecho de acceso a la información por parte de la sociedad mexicana en tanto que develan el aumento del número de mexicanas y mexicanos que reconocen el derecho de acceso a la información y el aumento en el número de personas que además lo ejercen, ya sea accediendo a la información que proactivamente presenta el gobierno o bien, haciendo peticiones de información a los sujetos obligados por la Constitución y la normatividad. Los datos también indican que hay un margen de oportunidad en el fortalecimiento de los mecanismos de accesibilidad y en el fortalecimiento de la confianza ciudadana. Finalmente, las cifras respecto de la satisfacción de la ciudadanía a las respuestas recibidas indican la internalización de este derecho por parte de la población mexicana y también de las instituciones gubernamentales. Al final, México lleva ya casi dos décadas construyendo un entramado institucional para dar sentido al derecho de acceso a la información y apuntalar políticas de transparencia gubernamental. Los datos dan cuenta de una pausada, pero progresiva apropiación del derecho por parte de la ciudadanía.

Con la Encuesta Nacional de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (ENAID) y los Censos Nacionales de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, Federal y Estatal, el INEGI refrenda su compromiso de generar información a través de sus diversos programas con el objetivo de sumar al fortalecimiento del derecho de acceso a la información.

Referencias

Access Info y Centre for Law and Democracy, 2019. Global Right to Information Rating. Disponible en https://www.rti-rating.org/. (Fecha de consulta: 23 de julio de 2020).

Carpizo, Jorge y Villanueva, Ernesto. El derecho a la información. Propuestas de algunos elementos para su regulación en México. En Derechos Humanos. Memoria del IV Congreso Nacional de Derecho Constitucional III. México: UNAM. 2006. https://biblio.juridicas.unam.mx/bjv/detalle-libro/94-derechos-humanos. (Fecha de consulta: 30 de julio de 2020).

Diario Oficial de la Federación. Decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 73 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública de fecha 13 de agosto de 2020. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5598265&fecha=13/08/2020. (Fecha de consulta: 13 de agosto de 2020).

_____Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de transparencia de fecha viernes 7 de febrero de 2014. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/133761/Reforma_Constitucional_en_materia_de_transparencia.pdf. (Fecha de consulta: 30 de julio de 2020). 

_____Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Texto vigente. Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de mayo de 2015. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGTAIP.pdf. (Fecha de consulta: 29 de junio de 2020).

Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). Censo Nacional de Transparencia Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales Estatal, 2016 y 2019.

_____Censo Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales Federal, 2019.

_____Encuesta Nacional de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (ENAID) 2016 y 2019.

_____Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2019.

McGee Rosemary y Gaventa, John. (coords.) Synthesis report. Review of impact and effectiveness of transparency and accountability initiative. London. Transparency & Accountability Initiative, 2010. https://www.transparency-initiative.org/wp-content/uploads/2017/03/synthesis_report_final1.pdf. (Fecha de consulta: 23 de julio de 2020).

Merino, Mauricio. Opacidad y corrupción: las huellas de la captura. Ensayo sobre la definición del problema que entrelaza al Sistema Nacional de Transparencia y al Sistema Nacional Anticorrupción. México: INAI, Cuadernos de transparencia. Número 26. 2018. http://inicio.inai.org.mx/PublicacionesComiteEditorial/CT26.pdf. (Fecha de consulta 28 de mayo de 2020).

Organización de las Naciones Unidas. Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH). Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III), el 10 de diciembre de 1948 en París. Disponible en: http://www.ordenjuridico.gob.mx/TratInt/Derechos%20Humanos/INST%2000.pdf

_____Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Asamblea General en su resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966. Disponible en: https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/ccpr.aspx

Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. (UNESCO) Nota conceptual para la celebración del día internacional de acceso universal a la información .2020. Disponible en: https://en.unesco.org/sites/default/files/cn_iduai_2020.pdf. (Fecha de consulta: 23 de julio de 2020).

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Organización de los Estados Americanos. Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José). San José Costa Rica 7 al 22 de noviembre de 1969. Disponible en:  https://www.oas.org/dil/esp/tratados_b-32_convencion_americana_sobre_derechos_humanos.htm

_____. Foreign Affairs, Trade and Development Canada. 2013. “El Acceso a la Información Pública, un Derecho para ejercer otros Derechos” https://www.oas.org/es/sap/dgpe/concursoinformate/docs/CortosP8.pdf. (Fecha de consulta: 28 de julio de 2020).

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