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Delito de hablar por celular mientras maneja no es recaudatoria

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sábado, abril 27, 2024

La reforma al Código Penal del Estado para incluir como delito e imponer una pena pecunaria, cuando así lo determine la autoridad judicial, la acción de manipular un teléfono celular mientras se conduce un vehículo automotor, no es recaudatoria porque los recursos no irán a parar al gasto corriente de ningún orden de gobierno, expuso el diputado J. Guadalupe Torres Sánchez.

 

Aseguró que para el propio Congreso del Estado es deseable que todas las normas que emita sean constitucionales y apegadas a derecho y si la Comisión Estatal de Derechos Humanos ha anunciado que interpondrá una acción de inconstitucionalidad respecto de esta norma específica, “somos respetuosos de que la revise el más alto tribunal del país”.

 

“Será ese tribunal quien determine si la norma es o no constitucional, aunque en  la opinión del Congreso del Estado sí lo es, tan es así que se aprobó por unanimidad su existencia”, añadió el legislador Torres Sánchez.

 

Añadió que “hablan de que es una norma recaudatoria pero no lo es, porque una sanción o pena por este ilícito –si lo declara probado la autoridad judicial- es trabajo a favor de la comunidad, el tema de la multa es una sanción pecunaria y es un accesorio, el monto del dinero es impuesto por la autoridad judicial y va a parar al Estado para un fondo de procuración de justicia”.

 

El legislador Torres Sánchez aclaró que “los recursos no van a parar a las arcas para gasto corriente, además la sanción pecunaria se da en este y todos los delitos de un catálogo penal, es una multa por haber delinquido y la pena es trabajo comunitario; la autoridad judicial es la única que puede generar una sanción o pena y es el mismo procedimiento para cualquier tipo de personas”.

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