28.7 C
San Luis Potosí
spot_img

DE FONDO

spot_img

Entérate

Últimas Noticias

viernes, mayo 3, 2024

 

Fernando Díaz de León Cardona

 

Acuerdos del INE van “pa’tras”

 

Este viernes primero de septiembre, el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana CEEPAC, realizará su sesión pública en la que legal y formalmente se da inicio con el proceso electoral 2018. Con una nueva y parchada Ley Estatal Electoral, y con la resolución del TRIFE que da marcha atrás a los acuerdos del INE, la autoridad electoral en el estado ingresa justo hoy a una etapa accidentada, de aparente indefinición y confusión.

 

Todo parecía caminar bien para las autoridades responsables de la preparación, desarrollo y consecución de los comicios, tanto federales como estatales, sin embargo la resolución emitida este jueves por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, le imprime un giro contundente a los acuerdos que el Consejo General del INE había emitido y que fueron objeto de cerca de 350 impugnaciones.

 

De origen, los acuerdos tomados en el pleno del Consejo General del Instituto Nacional Electoral INE, denotaron una exagerada “sobreregulación” del proceso electoral 2018; el Instituto se extralimitó y no midió que los acuerdo tomados hacia el interior del organismo atentaban contra los derechos fundamentales de la libertad de expresión y el derecho de información.

 

La resolución del TRIFE, estuvo sustentada simplemente porque los lineamientos controvertidos excedieron la facultad reglamentaria del INE al haber invadido la esfera de competencia constitucional que es una facultad exclusiva del Poder Legislativo, al haber incidido de manera restrictiva en el ejercicio de los derechos esenciales de la libertad de expresión y de información y al haber creado categorías y regulaciones que buscaban modificar las contenidas en la Constitución y en las Leyes Electorales.

 

Con la determinación del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los medios de comunicación podemos entender que se garantiza el pleno ejercicio del derecho a la libre expresión y a la información, cuya interpretación no debe ser restrictiva o limitativa.

 

En este sentido, la resolución del TEPJF consideró a los sujetos regulados y personas en lo individual, relacionadas los aspectos como: Propaganda gubernamental, Informes de Gobierno, habida cuenta de que los acuerdos del INE imponían obstáculos injustificados para su actividad pública.

 

Este nuevo escenario aportado por el TRIFE, sin duda vino a modificar sustancialmente las insanas pretensiones que había para que los gobernadores, los diputados y los presidentes municipales estuviesen impedidos de rendir en plena libertad sus respectivos informes de labores, principalmente en aquellos casos donde los actores ni siquiera han dicho, mencionado o insinuado sus pretensiones o aspiraciones políticas para el 2018.

 

Con la determinación asumida por el máximo Tribunal Electoral, respecto a los lineamientos del INE, aquellos que se frotaron las manos y permanecían atentos a lo que ya comenzaban a manejar como actos anticipados de campaña; se quedarán con las ganas de impugnar todo movimiento hecho y por venir de las autoridades estatales y municipales que constitucionalmente tienen la obligación y la facultad de informar a la población sobre sus resultados.

 

En el caso concreto de los presidentes municipales, la obligación de rendir su informe de gobierno, esta consignada en la Ley Orgánica del Municipio Libre y este ordenamiento se debe cumplir sin restricción alguna ante el pleno del Ayuntamiento durante la segunda semana del mes de septiembre de cada año de ejercicio.

spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
%d bloggers like this: