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Toma protesta Jueza Carmen Gómez

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domingo, mayo 5, 2024

“Ser juez no es simplemente un trabajo, es una vocación que no implica solamente a las resoluciones que dictamos, sino al contexto de nuestras vidas”, manifestó el Magistrado Juan Paulo Almazán Cue, Presidente del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo de la Judicatura al tomar protesta a la Licenciada María del Carmen Gómez Flores, al ser ratificada como Jueza de Primera Instancia.

“Hoy es un día importante en su carrera al ser una jueza ratificada, aún hay muchos peldaños por alcanzar, mucho que hacer por San Luis Potosí, no olvide que cada asunto es una vida que está en sus manos, en los ámbitos de la libertad, el patrimonio o la familia” le expresó el magistrado presidente.

“Estoy convencido de que usted es una jueza honorable, estudiosa, comprometida con su función y con la voluntad de enaltecer la institución”, le expresó a nombre del Pleno del Consejo de la Judicatura.

El Pleno del Consejo de la Judicatura aprobó y validó el dictamen emitido por el Comité encargado del procedimiento de ratificación, el cual declaró satisfactorio su desempeño como jueza de primera instancia.

De esta manera, la actual titular del Juzgado Tercero Familiar reiteró su compromiso de guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la del Estado de San Luis Potosí y las leyes que de ellas emanen y desempeñarse con honestidad, lealtad e imparcialidad en el cargo de Juez de Primera Instancia.

En términos de lo previsto en el artículo 102 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, en relación con los diversos 59, 154 y 157 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, los Jueces durarán 5 cinco años en el ejercicio de su cargo, al término de los cuales, si fueren ratificados, sólo podrán ser privados de sus cargos por las causas que señala la ley; asimismo, corresponde al Consejo de la Judicatura ratificar a los Jueces, para este último efecto, se tomará en cuenta el desempeño que haya tenido el Juez en el ejercicio de su función; los resultados de las visitas de inspección; el grado académico que comprende el nivel de estudios con que cuenta el servidor público, así como los cursos de actualización y especialización acreditados de manera fehaciente y no haber sido sancionado por falta grave con motivo de una queja de carácter administrativa. ooOOoo

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