19.8 C
San Luis Potosí
spot_img

Proponen incluir a la Violencia Política como delito electoral en el Código Penal

spot_img

Entérate

Últimas Noticias

domingo, mayo 5, 2024

La diputada Alejandra Valdés Martínez presentó en sesión ordinaria una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de San Luis Potosí para incorporar el concepto de Violencia Política dentro del Título Décimo Noveno denominado Delitos contra el correcto funcionamiento del Sistema Electoral

Con ello se pretende sancionar a quien realice cualquier acción u omisión por sí o a través de terceros que causen daño físico psicológico económico o sexual en contra de cualquier persona yo de su familia para acotar restringir suspender o impedir el ejercicio de sus derechos ciudadanos y políticoelectorales o inducirla a tomar decisiones en contra de su voluntad

La legisladora propone una sanción de 6 meses a 6 años de prisión y sanción pecuniaria de 10 a 200 días del valor de Medida y Actualización Cuando el responsable tenga el carácter de servidor público se impondrá la inhabilitación y destitución según corresponda para el desempeño de cualquier cargo empleo o comisión pública hasta dos veces el mismo lapso de la sanción impuesta

Explicó que la violencia política de género se encuentra establecida en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el Estado de San Luis Potosí sin embargo no es suficiente y es necesario tipificarlo en el Código Penal del Estado para poder sancionarlo y por consecuencia erradicarlo Además propongo que esta conducta sea sancionada cuando sea cometida hacia cualquier persona y no sólo hacia las mujeres

En la iniciativa recalca que la violencia política puede expresarse en la imposición por estereotipos de género y la realización de actividades y tareas ajenas a las funciones y atribuciones de su cargo asignación de responsabilidades que tengan como resultado la limitación del ejercicio de la función políticopública proporcionar a los candidatos o autoridades electas o designadas información falsa errada o imprecisa que ocasione una competencia desigual o induzca al inadecuado ejercicio de sus funciones políticopúblicas evitar por cualquier medio que las personas electas titulares o suplentes o designadas a una función pública asistan a la toma de protesta de su encargo así como a las sesiones ordinarias o extraordinarias o a cualquier otra actividad que implique la toma de decisiones impidiendo o suprimiendo el derecho a voz y voto en igualdad de condición

Además de proporcionar Instituto Nacional Electoral datos falsos o información incompleta de la identidad o sexo de la persona que sea candidata divulgar o revelar información personal y privada de los candidatos electos designados o en ejercicio de sus funciones políticopúblicas con el objetivo de menoscabar su dignidad como seres humanos y utilizar la misma para obtener contra su voluntad la renuncia yo licencia al cargo que ejercen o postulan y en general cualquier conducta que implique amenazas difamación desprestigio burlas ofensas insultos descalificación calumnias hostigamiento acoso hostigamiento sexual acoso sexual presión persecución coacción vejación discriminación o privación de la libertad sin importar el medio utilizado encaminada a la limitación o restricción del ejercicio de la función políticopública o del ejercicio de derechos ciudadanos para ocupar cargos públicos yo ejercer funciones públicas

Así como discriminar a las mujeres electas designadas o en el ejercicio de la función políticopública por encontrarse en estado de embarazo impidiendo o negando el ejercicio de su mandato o el goce de sus derechos sociales reconocidos por ley o los que le correspondan o presionar o inducir a las personas en el ejercicio de la función políticopública a renunciar a su encargo entre otros

La iniciativa fue turnada a las comisiones de Justicia Puntos Constitucionales y Derechos Humamos Igualdad y Género

spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
%d bloggers like this: