Con el fin de establecer claramente la duración del contrato de los trabajadores de confianza al interior de las administraciones municipales, el diputado Jorge Luis Díaz Salinas presentó una iniciativa de reforma al artículo 44 Bis de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí; y de adición del artículo 161 BIS de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí.
Esta iniciativa, propone que se establezca  dentro del ordenamiento  de  referencia  que los trabajadores  de confianza  únicamente  sean contratados  por  el  período  de  tiempo  que  dure  la  administración  no  pudiendo trascender de una administración a otra.
También, busca incluir en la Ley Orgánica del Municipio Libre, que en el caso de contrataciones de personal de confianza, éstas nunca excederán el trienio para el que fueron contratados.
“Lo que contribuirá a que las instituciones públicas tengan la obligación de liquidar a sus trabajadores, cuando terminen su administración porque lo único que no está garantizado para los trabajadores de confianza es la estabilidad en el empleo, y no así el salario y su seguridad social”, manifiesta el legislador en su exposición de motivos.
Detalla que de acuerdo a la propia legislación, la categoría de trabajador de confianza depende de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se dé al puesto, según precisa el ordenamiento de referencia.
Además menciona que son funciones de confianza las de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, cuando tengan carácter general, así como todas aquellas que por su naturaleza se definan como tales en los catálogos o tabuladores generales de puestos a que se refiere el artículo 9o. de la presente ley.
Esta iniciativa se encuentra en análisis en las comisiones de Trabajo y Previsión Social; y, Puntos Constitucionales para su análisis.







