- Patrones no tienen por qué discriminar a las personas
Al no existir una contratación de por medio, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) no puede regular el tope que establecen las empresas en la edad para contratar.
De acuerdo a la asociación por la No Discriminación laboral por Edad o Género, el 55% de las empresas fija como tope de contratación una edad de 35 años, sobre lo cual el delegado de la STPS en el estado, Edgar Durón Puente dijo que no puede haber discriminación respecto a la edad.
Detalló que las empresas sí pueden aplicar un filtro respecto a la capacitación especializada para determinado trabajo, pero si un empleado mayor de 35 años de edad puede realizar la tarea, no tiene porqué ser discriminado.
En caso de que así ocurra, advirtió que la empresa puede ser sujeta a una sanción por discriminación laboral.
Sin embargo dijo que debido a la escasez de mano de obra, las empresas se verán obligadas a quitar esta barrera de edad.
El delegado explicó que cuando apenas se trata de una oferta de trabajo en la se pone un tope de edad a los buscadores de empleo, no se puede intervenir ya que no hay un contrato de por medio y el acto se queda en una cuestión «declarativa».