Integrantes del Frente Amplio Opositor a Minera San Xavier presentaron ante Profepa una denuncia por daños ambientales en el Ejido Palma de la Cruz.
Este día se trasladaron a la Ciudad de México y con un voluminoso dossier acreditaron actos y omisiones que implican delitos ambientales.
En la denuncia presentada dan cuenta de que el Ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez ha iniciado acciones en contra de Miera San Xavier SA de CV en virtud de las actividades no autorizadas en el ejido Palma de la Cruz.
Señalan que la empresa nunca obtuvo licencias de uso de suelo y/o funcionamiento y construcción, operando en un área de 136 hectáreas, haciéndolas pasar como parte del municipio de cerro de san pedro, para lo cual utilizaron una licencia Estatal de uso de suelo de con numero de oficio DU-MAYO-181/2000.
Advierten que este acto por sí mismo implica una demostración del estado de ilegalidad en que la empresa operó con la más absoluta impunidad y sin que la autoridad ambiental actuara a favor de la legalidad y el medio ambiente
Indicaron que en los ejidos Cuesta de Campa y Palma de la Cruz, este último perteneciente al municipio de Soledad de Graciano Sánchez la resistencia fue muy débil, ya que los representantes ejidales fueron fácil presa de la corrupción, al grado que en el caso de Palma de la Cruz, la autoridad ejidal encabezada por una persona de nombre Cesario Cáceres Santillán, permitió que la empresa minera hiciera pasar su ejido como perteneciente al municipio de Cerro de San Pedro, tanto en la Licencia Estatal de uso de suelo como se puede ver en la foja dos último párrafo, así también en el OFICIO No. 880 foja 2 segundo párrafo por la Subdelegación de Recursos Naturales.
Así mismo, en dicha Licencia Estatal de uso de suelo otorgada con fecha 4 de mayo del año 2000, en foja 3 de dicho documento se establece que el área rentada por el ejido Palma de la Cruz a Minera San Xavier S.A. de C.V. es de 81.4450 has. Cuando en el contrato de arrendamiento en la primera foja, último párrafo establece que la superficie arrendada es de 136-15-49 hectáreas. En la segunda foja en la Primera Clausula acompaña el respectivo cuadro de construcción con la aclaración de que la empresa queda facultada por el ejido para extender esa superficie hasta de 15 hectáreas en cualquier dirección dentro de los límites del ejido sin modificar el precio del arrendamiento.
En la Cláusula Novena, se conviene que a la terminación del contrato todas las edificaciones y el material que se deje en la superficie del terreno arrendado, pasará a ser propiedad del ejido. Es obvio que no hay edificaciones porque son terrenos utilizados preferentemente como tiraderos de materiales no lixiviables, en este caso material sulfuroso con gran contenido de metales pesados, generador de drenajes ácidos, altamente contaminantes, en su Manifestación de Impacto Ambiental de fecha julio del 2010 en la página 35 de 46, la empresa Minera San Xavier señala que estos terreros son considerados como uno de los cuatro impactos negativos más relevantes.
El contrato de arrendamiento del ejido Palma de la Cruz además de ser fraudulento, es vergonzoso, ignominioso, O sea, en esa Cláusula Novena la empresa se deshace de los cerca de 200 millones de toneladas de material sulfuroso cargado de metales pesados que por cientos de años van a estar generando drenajes ácidos, contaminando el aire el agua y la tierra, y le deja la responsabilidad al ejido. El contrato es perverso, un atentado a la salud y la vida de los habitantes del valle de San Luis. Estos hechos deben de ser denunciados y castigados los culpables por las autoridades correspondientes, actuando en función de que los hechos configuran graves impactos colectivos.
Mencionan que hay que considerar que la empresa Minera dio por terminados el 2016 los trabajos de explotación, quedando los de lixiviación, esto quiere decir que de acuerdo con los compromisos que le impuso SEMARNAT como condición para poder operar su proyecto, ya debería estar llevando a cabo la remediación del sitio, “por supuesto que la remediación como tal es imposible, esto lo deja claro Minera San Xavier en su primer Manifestación de Impacto Ambiental al aclarar que los impactos al aire, el agua y los suelos son irreversibles y permanentes, por lo tanto lo que hay que exigir a la empresa son medidas efectivas de seguridad ambiental y el cumplimiento total de las diferentes condicionantes que la autoridad ambiental le exigió como suerte para poder llevar a cabo su proyecto minero”.
Por ultimo señalan que la empresa no está dispuesta a invertir los millones de dólares que implica un proyecto de remediación, y/o mitigación, “es por eso que para evitarlo, está haciendo arreglos con los ejidatarios para concertar una indemnización por daños a sus tierras, cuando en este caso el problema no es ejidal, sino de agravios a la biodiversidad”.