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SEER ATENDERÁ LEY DE LAS Y LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS

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martes, abril 30, 2024

-Dicha Ley hace referencia a las inasistencias de las y los trabajadores y que la causa injustificada de las mismas puede provocar el cese de sus labores

Las y los trabajadores del Sistema Educativo Estatal Regular (SEER), acatarán la reforma a la Ley de las y los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí, sobre la suspensión, terminación y cese de las relaciones de trabajo en los centros educativos y oficinas administrativas.

La mencionada reforma al Artículo 53, publicada el 15 de julio de 2022 en el Periódico Oficial del Estado (POE), establece que: “el trabajador que tenga más de tres faltas de asistencia en un periodo de 30 días, sin permiso por escrito del titular de su área de trabajo o sin causa justificada, será cesado de su actividad”.

Cabe señalar que esta medida ya estaba inscrita en la Ley, con la diferencia de que estas inasistencias debían ocurrir de manera consecutiva para proceder al cese. La reforma indica que estas faltas pueden ocurrir de manera indistinta en un periodo de 30 días.

Al respecto, el director general del SEER, Crisógono Sánchez Lara, afirmó que con esta medida se pondrá fin a las viejas prácticas de la “herencia maldita”, que permitía actitudes de apatía en el cumplimiento de sus labores. “Con esta disposición, se espera elevar el rendimiento de las y los docentes, del personal administrativo y de apoyo, sin vulnerar sus derechos y beneficios sindicales”, sostuvo el director.

La reforma al Artículo 53 de la Ley, también establece que es facultad del director de área, departamento, inspección o centros escolares, dar conocimiento de las incidencias al departamento de Recursos Humanos del SEER para hacer efectiva la justificación, o en su caso la inasistencia, de lo contrario se le podría atribuir al mando, responsabilidades por omisión.

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