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San Luis Potosí
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Diciembre, mes del terror para lo perros

domingo, diciembre 21, 2025

 

Estallido de » cuetes» los vuelve histéricos: MVZ Muñoz Cisneros .

Toño Martínez

Diciembre junto con Dia de Muertos son dos fechas que resultan terroríficas para las mascotas, especialmente para los perros, por el uso sin control de artefactos explosivos cuyo estruendo lastima sus oídos haciendo que huyan o aullen de dolor.
El problema, explico el MVZ José Luis Muñoz Cisneros, comienza porque los perros tienen un 50% más de capacidad auditiva que los humanos, de tal manera que un ruido fuerte como el de los cohetes o » cuetes» les causan un gran sufrimiento.
La vibración del tímpano tras el estallido, mueve el yunke y ese golpeteo penetra hasta el oído interno y les llega al cerebro generando un estado de histeria o pánico que lo hace huir angustiado tratando de escapar.
Es la temporada cuando más perros se pierden indicó Muñoz Cisneros.
Soy de la opinión de que se debe prohibir el uso de «cuetes» por el impacto negativo para la salud de los canes, cuya población se ha disparado dijo José Luis Muñoz Cisneros.

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LAS COMUNIDADES INDÍGENAS Y AFROMEXICANAS SE INCLUYERON EN LA LEY DE SALUD DEL ESTADO EL CONGRESO DEL ESTADO APROBÓ EL DICTAMEN DE REFORMA A LA LEY DE SALUD DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ El Pleno del Congreso del Estado aprobó el dictamen que establece reformas a la Ley de Salud del Estado, con el objetivo de que se incluyan las comunidades indígenas y afromexicanas en la Ley de Salud de San Luis Potosí. El dictamen menciona que existen sectores de la sociedad, que debido a determinadas condiciones son más propensos a que sus derechos humanos sean violados. Se define que los grupos vulnerables son aquellas personas o grupos que por sus características de desventaja por edad, sexo, estado civil, nivel educativo, origen étnico, situación o condición física y/o mental; requieren de un esfuerzo adicional para incorporarse al desarrollo y a la convivencia. La Ley de Salud del Estado hace referencia a estos grupos en su artículo 23 enlistando la mayoría de los grupos vulnerables con excepción de los dos siguientes: indígenas y afromexicanos, ambas comunidades se caracterizan por una inadecuada protección integral, plena y efectiva a sus derechos humanos. Por lo que resulta necesario que nuestras legislaciones adopten en sus disposiciones la protección para todos aquellos pertenecientes a estos grupos vulnerables pues de no ser así agravaría el estado de indefensión en el que se encuentran vulnerando aún más sus garantías constitucionales y sus derechos humanos.
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