Con el objetivo de alentar, proteger y fortalecer la industria y el comercio y, por ende, el desarrollo económico de la entidad, a propuesta del diputado Fernando Chávez Méndez el pleno del Poder Legislativo reformó la Ley que Establece el Derecho de Vía y su Aprovechamiento en las Vías Terrestres de Comunicación, a fin de señalar que en los permisos que otorgue la Junta Estatal de Caminos estará obligada a preferir en igualdad de circunstancias a los potosinos.
La ley mencionada establece que se requiere permiso previamente otorgado por la Junta Estatal de Caminos para que los proveedores mexicanos y extranjeros puedan realizar lo siguiente: I.- Instalación de anuncios publicitarios, estanquillos y en general para la instalación de objetos muebles con fines de explotación comercial dentro del Derecho de Vía con los lineamientos que fije la Junta Estatal de Caminos; II.- La ejecución de obras de carácter permanente tales como accesos, cruzamientos, drenaje en su modalidad de vados, tubos de concreto o lámina, losa o estructura, puentes y en general cualquier trabajo e instalación marginal; III.- Cualquier modificación o ampliación tratándose de obras existentes; y IV.- Utilizar o explorar el Derecho de Vía en general.
Por ello, el pleno del Congreso del Estado aprobó la iniciativa de reforma que impulsó el legislador Fernando Chávez Méndez debido a que para esta Soberanía resulta de capital importancia que los permisos que otorgue la Junta Estatal de Caminos ésta esté obligada a preferir en igualdad de circunstancias a los potosinos.
Lo anterior con fundamento a lo que mandata nuestra Carta Magna Local en su artículo 23 que a la letra dice: “Los potosinos, en igualdad de circunstancias, tendrán preferencia frente a los nacidos en cualquier otra parte del territorio de la República Mexicana o a los extranjeros, para obtener toda clase de concesiones, empleos, cargos o comisiones del gobierno, en que no sea indispensable la calidad de ciudadano potosino”; según se señala en el dictamen aprobado.
Se agrega que también en la misma norma en su artículo 31 se refería erróneamente a la Secretaría de Planeación de Finanzas del Gobierno del Estado, y en la Ley Orgánica de la Administración Pública está establecida como Secretaría de Finanzas, por tal motivo se realizó el ajuste correspondiente.