El amparo que obtuvo un particular para evitar la sanción por tener tomas clandestinas de agua, no es definitivo.
Después de que se dio a conocer que mediante un amparo un juez ordenó al Interapas no sancionar a un particular al que le fueron detectadas tres tomas clandestinas de agua en autolavados, Héctor Vega Robles, catedrático especialista en derecho penal, comentó que el amparo no significa que el acto quedará impune.
Explicó que el amparo ordena una suspensión provisional del acto de autoridad, en este caso del Interapas, sin embargo el juez federal aún puede allegarse de información para determinar si se concede la suspensión definitiva de los actos de autoridad, o si se concede.
Debido a ello, comentó que a pesar del amparo, el organismo operador del agua no ha quedado ya en indefensión ante este tipo de actividades irregulares en las que se suministraba agua de manera ilegal a tres negocios.