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Se deben establecer mecanismos de información para Migrantes

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jueves, abril 18, 2024

 

SE TRABAJA EN LA REFORMA A LOS ARTÍCULOS, 1°, 4°, 5°, 6°, 10, 11, 15, 20, 21, 30, 31, 33, Y 36, LEY DE ATENCIÓN Y APOYO A MIGRANTES DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ: DIP. MARITE HERNÁNDEZ CORREA

En el estado potosino debemos poner especial atención al fenómeno migratorio interno de personas jornaleras migrantes, por tanto, se trabaja en la modificación a la Ley de Atención y Apoyo a Migrantes del Estado de San Luis Potosí con la finalidad de establecer mecanismos de información, regulación y garantía de los derechos humanos de las personas migrantes y sus familias en la entidad.

Así lo dejó de manifiesto la diputada Marite Hernández Correa a través de la iniciativa de reforma a los artículos, 1°, 4°, 5°, 6°, 10, 11, 15, 20, 21, 30, 31, 33, y 36, Ley de Atención y Apoyo a Migrantes del Estado de San Luis Potosí, que busca proteger los derechos humanos de quienes se ganan la vida trabajando de jornaleros agrícolas.

Señaló que la observación de los derechos humanos es una obligación estatal prevista en el artículo primero constitucional establecido en la Constitución Política de nuestro país desde la reforma del 2011, que señala que toda persona que se encuentre en los Estados Unidos Mexicanos debe gozar de sus derechos humanos y que las autoridades de todos los ámbitos están obligadas a garantizarlos.

Manifestó que con esta reforma también se propone agregar como sujetos de la Ley de Atención y Apoyo a Migrantes del Estado a los centros de trabajo agrícola, que en la entidad se encuentran en más de 10 municipios, ya que en dichos lugares es donde transcurre la vida cotidiana de muchas personas jornaleras en situación de migración, por lo que es necesario generar la legislación adecuada para su protección y la de sus familias, quienes trabajan en diversos municipios de nuestro Estado.

Hernández Correa manifestó que en esta reforma es reconocida la vulnerabilidad que caracteriza a las personas migrantes en San Luis Potosí, por ello, se retoma el enfoque diferencial y especializado con el que se han construido otras leyes, lo que permite reconocer los impactos diferenciados que tiene la migración en niños, niñas y adolescentes, mujeres, personas indígenas y con discapacidad.

Destacó que al considerar la interseccionalidad y las diversas realidades, la Ley se convierte en un instrumento más eficaz para la generación de políticas publicas desde los enfoques de género, intercultural, de niñez, de discapacidad y en general de derechos humanos; este es uno de los grandes avances que incluye la presente propuesta de modificación.

Indicó que dentro de los avances se tiene que en el artículo 5º se incluyen nuevos conceptos que son utilizados en la Ley y que al ser definidos otorgan claridad y certeza a la misma, estos son: enfoque diferencial y especializado, centro de trabajo agrícola, albergue, jornalero migrante, censo estatal de centros de trabajo agrícola y censo estatal de personas jornaleras migrantes.

Hernández Correa remarcó que otro de los objetivos de esta reforma que se mantiene en análisis es la integración del mayor número de instituciones públicas y privadas que puedan coordinarse y coadyuvar para el logro de los objetivos de la Ley, asumiendo la corresponsabilidad que implica el fenómeno migratorio y aportando esfuerzos para el bienestar de cientos y miles de personas migrantes a las que debemos el desarrollo y crecimiento de la actividad agrícola en nuestro estado.

La diputada añadió que dichas acciones se consideran de urgente necesidad y gran valía, por ello, se prevé que se realicen de forma ordenada mediante la elaboración de diagnósticos, protocolos, programas y planes que den como resultado una política pública congruente, que responda a las necesidades que plantea la realidad actual de las personas jornaleras migrantes y sus familias en el estado de San Luis Potosí.

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