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Suprema Corte de Justicia de la Nación Resuelve como Procedente Acción de Inconstitucionalidad promovida por la CEDH.

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viernes, abril 19, 2024

● El artículo del código penal violaba el derecho a la libertad de expresión

La Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí promovió la Acción de Inconstitucionalidad 147/2017 ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación por del artículo 277 del Código Penal del Estado, reformado mediante Decreto publicado en el Periódico Oficial local el 17 de octubre de 2017 y el cual citaba:

ARTÍCULO 277. Quien ejecute actos violentos o agresivos en contra de un servidor o funcionario público, o agente de la autoridad, en el acto de ejercer lícitamente sus funciones o con motivo de ellas, se le aplicará de uno a seis años de prisión, y sanción pecuniaria de cien a trescientas unidades de medida de actualización, además de la que le corresponda por el delito cometido.

Por lo que la CEDH estimó que con la reforma de este artículo se vulneraban los derechos a la Seguridad Jurídica, a la Libertad de Expresión, a la Libertad de Conciencia, a la Libertad de Manifestación, al pleno goce de derechos, el Principio de Legalidad en materia penal, Principio de Certeza y Exacta aplicación en Materia Penal, Principio de Tipicidad, Principio de taxatividad y Principio de plenitud hermética.

En cuanto a lo anterior en el boletín de prensa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se manifestó que los conceptos “violentos” y “agresivos”, citados en dicho artículo eran tan amplios que criminalizaban expresiones protegidas por la libertad de expresión, por lo que “el Tribunal Pleno aclaró que los funcionarios públicos deben ser más tolerantes a la crítica, ya que por su actividad pública, están expuestos a un control más riguroso de sus actividades y manifestaciones que aquellos particulares sin proyección pública alguna.

Sin embargo, el tipo penal era tan amplio y dejaba tantas dudas respecto a qué constituían conductas “violentas” y “agresivas” que generaba un efecto de intimidación en las personas que quisieran hacer críticas airadas o incisivas a los servidores públicos”.

La CEDH se congratula por la sentencia emitida por la SCJN y exhorta al Congreso del Estado a garantizar a la ciudadanía potosina el respeto de los derechos humanos.

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