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Poder Legislativo eligió por mayoría a Magistrados Supernumerarios del STJE

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jueves, abril 18, 2024

En sesión ordinaria el pleno del Poder Legislativo eligió por mayoría calificada a 10 (de los 15) Magistrados Supernumerarios del Supremo Tribunal de Justicia del Estado para el periodo del 16 de octubre de 2017 al 15 de octubre de 2023. Además, a la Contralora Interna del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa para el periodo del 12 de octubre de 2017 al 11 de octubre de 2021.

También aprobó la propuesta de la Junta de Coordinación Política relativa al Proyecto de Presupuesto de Egresos del Congreso del Estado para el Ejercicio Fiscal 2018; entre otros asuntos.

Los 10 Magistrados Supernumerarios del Supremo Tribunal de Justicia del Estado para el periodo del 16 de octubre de 2017 al 15 de octubre de 2023 son: Felipe Aurelio Torres Zúñiga, quien obtuvo 17 votos a favor; María Elena Palomino Reyna, 21 votos; Alma Delia González Centeno, 19 votos; Jesús María Ponce de León Montes, 17 votos; Oscar René Rubio Ramos, 18 votos; Alejandro Hernández Castillo, 18 votos; Diana Isela Soria Hernández, 19 votos; Graciela Treviño Rodríguez, 19 votos; Aracely Amparán Madrigal, 18 votos; y José Luis Ortiz Bravo, con 17 votos a favor.

Fueron regresadas al Ejecutivo del Estado las ternas sexta, conformada por Juana María Castillo Ortega, María del Carmen Chao Torres y Juan David Ramos Ruiz; séptima, conformada por José Guadalupe Salazar García, Sergio Eloy López López e Itzel Loredo Oros; décima, conformada por José Antonio Rivera Cerda, Claudia Hernández Ibarra y Arturo Olvera Medina; la décima tercera, conformada por Luis Edgardo Uresti Ariceaga, María del Carmen Gómez Flores y José Antonio Vázquez Espino; y la décima quinta, conformada por Carlos Gustavo Peláez Barrera, Elsa Evodia Martínez Palomo y Mónica Kemp Zamudio, debido a que ninguno de los propuestos obtuvo mayoría calificada para ser Magistrado Supernumerario.

Lo anterior con base a que lo establece el artículo 96 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí: «El Supremo Tribunal de Justicia se integra con dieciséis magistrados numerarios, electos por el voto de cuando menos las dos terceras partes de los diputados presentes del Congreso; además, por quince magistrados supernumerarios. Para su elección, el Gobernador propondrá al Congreso, al triple de personas respecto del número de cargos por cubrir, dentro de los cuales la Legislatura hará la elección respectiva en el término de treinta días. Si vencido ese plazo no se hubiera hecho la elección, el titular del Ejecutivo procederá a hacer el nombramiento de entre las propuestas.

En caso de que el Congreso rechace la propuesta, el Gobernador del Estado presentará una nueva en los términos del párrafo anterior; si esta segunda propuesta fuera rechazada, ocupará el cargo la persona que, dentro de la misma, designe el Gobernador del Estado. Cuando cese o concluya el ejercicio de una magistratura por cualquier causa,  el Ejecutivo presentará al Congreso las respectivas propuestas».

Después de su elección, en sesión solemne del Congreso del Estado y con la presencia del secretario general de gobierno Alejandro Leal Tovías y el Magistrado Juan Pablo Almazán Cue, representantes de los Poderes Ejecutivo y Judicial, respectivamente, los Magistrados Supernumerarios mencionados rindieron protesta de ley para ejercer su cargo.

ELECCIÓN DE LA CONTRALORA INTERNA DEL TRIBUNAL ESTATAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA

El pleno del Congreso del Estado eligió por unanimidad a la maestra Claudia Josefina Contreras Páez como Contralora Interna del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa para el periodo del 12 de octubre de 2017 al 11 de octubre de 2021, de una terna que también conformó Gerardo Ortiz Hernández y César Manuel Pontigo Velázquez.

Contreras Páez nació en la ciudad de San Luis Potosí, es mayor de treinta años; no cuenta con antecedentes penales; y reside en esta capital del Estado.

En su trayectoria académica destaca que cuenta con: Maestría en Administración con énfasis en Gestión Pública, División de Estudios de Posgrado Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (en adelante UASLP); Licenciatura en Contaduría Pública, Facultad de Contaduría y Administración de la UASLP; diplomados en: Contabilidad gubernamental, Auditoría Superior del Estado de Coahuila de Zaragoza y la Sociedad Nacional de Organismos de Fiscalización Superior y Control Gubernamental; Presupuesto Basado en Resultados, División de Estudios de Posgrado de la UASLP; Control, Evaluación y Cuenta Pública, UASLP, y Auditoría Superior del Estado; Desarrollo Organizacional, Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey; Derechos Fiscal, Colegio de Contadores.

En cuanto al ejercicio profesional, consta en la currícula de la profesionista propuesta, las actividades profesionales en las que se ha desempeñado.

Por lo que, del análisis del currículum vitae de la profesionistas,

propuesta se desprende que la Maestra Claudia Josefina Contreras Páez, reúne las características de amplia experiencia profesional en el área de contabilidad, administración, control y evaluación, que dan cuenta de su capacidad y mérito para desempeñar con eficiencia y profesionalismo el cargo de Contralora Interna del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, para el que es propuesta.

Después de su elección, en sesión solemne de Congreso del Estado y con la presencia del secretario general de gobierno Alejandro Leal Tovías y el Magistrado Juan Pablo Almazán Cue, representantes de los Poderes Ejecutivo y Judicial, respectivamente, Contreras Páez rindió la protesta de ley para desempeñar el cargo mencionado.

OTROS DICTÁMENES

El pleno del Poder Legislativo aprobó por unanimidad reformar el Código Penal del Estado de San Luis Potosí a fin de derogar el delito de ultrajes a la autoridad y establecer en el artículo 277 que: Quien ejecute actos violentos o agresivos en contra de un servidor o funcionario público, o agente de la autoridad, en el acto de ejercer lícitamente sus funciones o con motivo de ellas, se le aplicará de uno a seis años de prisión, y sanción pecuniaria de cien a trescientas unidades de medida de actualización, además de la que le corresponda por el delito cometido.

Lo anterior luego de haberse pronunciado la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto a la figura del delito de «ultrajes a la autoridad», y respecto a la inconstitucionalidad de éste, al considerar que viola el principio de legalidad, y “Cualquier persona debe saber con certeza cuál conducta es prohibida y cuál la permitida, si la descripción tipifica que la conducta sólo se puede precisar después, mediante una interpretación, no se satisface la taxatividad”.

Se aprobó por mayoría, con 23 votos a favor y 1 en contra, reformar el artículo 296 en su fracción III del Código Familiar para el Estado para establecer entre las causas de la suspensión de la patria potestad, por sentencia firme que resuelva como medida protectora del interés superior del menor dicha suspensión.

Lo anterior con sustento en lo previsto en el artículo 4º párrafo noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que se adminicula con el criterio vertido en la tesis jurisprudencial 50/2016 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que entre otras resalta:

«La privación de la patria potestad no es una medida que tenga por fin sancionar a los padres por el incumplimiento de los deberes de la patria potestad respecto del hijo. Por el contrario, ésta debe entenderse como una medida excepcional con la que se pretende defender los intereses del menor en aquellos casos en los que la separación de los padres sea necesaria para la protección adecuada de los mismos».

Fue aprobado por mayoría, con 24 votos a favor y 1 en contra, reformar la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí a fin de establecer que la Secretaría de Salud deberá brindar capacitación a las personas que se dediquen a la realización de tatuajes y/o perforaciones, sobre el manejo de sus utensilios, además de informar sobre los riesgos en caso de no hacerlo de forma adecuada.

La Secretaría de Salud deberá llevar a cabo un registro de dichos establecimientos, el cual deberá estar al alcance de la población en general. Y que queda prohibido realizar tatuajes y/o perforaciones a personas menores de 18 años de edad, así como aquellas que no se encuentren en pleno goce de sus facultades mentales. Sólo podrá exceptuarse lo anterior cuando los mayores de 16 años estén acompañados de alguno de sus padres o tutores. La violación de esta disposición se sancionará en los términos previstos en el artículo 382 de esta Ley, y conllevará a la revocación definitiva de la autorización respectiva; entre otros preceptos.

Se aprobó por mayoría, con 23 votos a favor y 1 en contra, reformar el artículo 118 de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potosí con el objetivo de establecer en las materias, civil y familiar, que ante los juzgados del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, el mandante, quien es el actor o demandado en el juicio, solicite y sea considerado por el profesional de Derecho, aceptando el cargo conferido como su representante legal, lo cual reviste de un acto de formalidad de aceptación de la defensa del juicio ante el Tribunal que corresponda, lo que deviene en una mejoría en el servicio profesional que debe prestar el abogado representante ante la instancia.

Fue aprobado por mayoría, con 16 votos a favor, 1 en contra y 2 abstenciones, el dictamen que presentó la Comisión de Vigilancia que establece que con sustento a lo que expresamente advierte el artículo cuarto transitorio de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de San Luis Potosí, y para los efectos de lo que expresamente estipulaba el párrafo primero del artículo 66 de la entonces vigente Ley de Auditoría Superior del Estado, a fin de determinar si los informes rendidos por la Auditoría Superior del Estado a la Comisión de Vigilancia, respecto de la Cuenta Pública de los 113 entes auditables del estado de San Luis Potosí, correspondientes al ejercicio fiscal 2016, y que sus procesos de auditoría se apegaron a los principios de legalidad, posterioridad, anualidad, prosecución del interés público, igualdad, confiabilidad, proporcionalidad, definitividad, imparcialidad, eficacia y buena fe, además de haberse desarrollado con estricto apego a las disposiciones legales aplicables, habrá de realizarse, dicha revisión, a través de un despacho externo únicamente respecto de los procedimientos empleados por la Auditoría Superior del Estado, verificando su apego al Manual de Procedimientos para la Fiscalización de Cuentas Públicas, publicado en el Periódico Oficial del Estado con fecha 3 de octubre de 2013.

El Congreso del Estado a través de la Comisión de Vigilancia definirá la contratación de un despacho externo, para que realice la revisión de los procedimientos de auditoría antes mencionados. En los casos donde la revisión externa e independiente encuentre que no hubiera apego a los procedimientos de auditoría, se deberá reponer el procedimiento general de auditoría, previo informe al pleno del Congreso del Estado, a través de la Comisión de Vigilancia.

Que para la revisión externa e independiente que se realice a sus procedimientos, la Auditoría Superior del Estado debe facilitar la información que se le solicite.

Para los efectos de revisión, el despacho externo deberá apoyarse en la Contraloría Interna de la Auditoria Superior del Estado, a efecto de que ésta revise en paralelo la actuación del personal que haya participado en los procesos de fiscalización superior y, de ser el caso, aplique las medidas disciplinarias a que haya lugar.

Que el despacho externo dispone de un máximo de 45 días hábiles a partir de la publicación del presente Decreto para la revisión de los procedimientos, debiendo emitir un informe independiente, mismo que será anexado a cada informe final de auditoría, que deberá ser enviado a la Comisión de Vigilancia para su posterior presentación al Pleno del Congreso del Estado.

Se aprobó la propuesta de la Junta de Coordinación Política relativa al Proyecto de Presupuesto de Egresos del Congreso del Estado para el Ejercicio Fiscal 2018 que contempla recursos económicos por un total de 293 millones 68 mil 50 pesos.

Fue aprobado por unanimidad un punto de acuerdo que presentó la diputada Guillermina Morquecho Pazzi para exhortar a la Secretaría de Salud del Gobierno del Estado, para que durante el mes de octubre se lleve a cabo una campaña de concientización, dirigida a todas las mujeres, con énfasis en las adolescentes y jóvenes, a cerca de la importancia que tiene la prevención y atención temprana del cáncer de mama.

Se retiró del orden del día la propuesta de la Comisión de Vigilancia relativa al Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Auditoría Superior del Estado (ASE) para el Ejercicio Fiscal 2018.

Fueron aprobados los dictámenes que desecharon por improcedentes iniciativas que buscaban reformar Decreto Legislativo publicado en septiembre de 2014 que modificó disposiciones de la Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potosí; y la que buscaba reformar la Ley para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados, Embargados o Abandonados para el Estado de San Luis Potosí; entre otros asuntos.

En la sesión ordinaria también se turnó a las comisiones legislativas respectivas diversa correspondencia enviada por ente autónomo; ayuntamientos; Poder Federal; Poderes de otras entidades del país; Particulares e Iniciativas.

En asuntos generales los diputados Jesús Cardona Mireles, José Luis Romero Calzada, Lucila Nava Piña, Héctor Mendizábal Pérez, Oscar Carlos Vera Fábregat, Xitlálic Sánchez Servín y Gerardo Limón Montelongo intervinieron en la Tribuna Legislativa para desarrollar diversos tópicos.

Agotados los asuntos agendados se citó al pleno del Congreso del Estado a sesión ordinaria programada a partir de las 18 horas del viernes 13 de octubre del año en curso en el salón “Ponciano Arriaga Leija” ubicado en la sede del Poder Legislativo de Jardín Hidalgo número 19.

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