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Juez Federal ordena a INTERAPAS callar sobre robo de agua en el “El Trapazo”

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sábado, abril 20, 2024

 

Observado y leído en estrados por reporteros de este medio informativo, un Juez de Distrito concedió un amparo para que “no se haga efectiva ninguna sanción en contra de las empresas denominadas comercialmente “El Trapazo”, específicamente en dejar de suministrar el agua, el alcantarillado o el desagüe”, y “para el efecto también, “de que el INTERAPAS se abstenga de realizar declaraciones públicas que puedan difundirse en medios de comunicación escritos, digitales o de cualquier otro tipo los datos personales de los propietarios de la empresa Riste S.A. de C.V.”

Como se recordará, el pasado mes de abril, personal operativo del INTERAPAS, descubrió que tres negociaciones de auto-lavado habrían estado utilizando agua potable de manera indebida y fraudulenta. Las negociaciones propiedad de la familia Stevens deberían pagar al Organismo Operador, cálculos más, cálculos menos, por lo menos 2.3 millones de pesos por haber instalado tomas clandestinas de agua y darle un uso industrial, es decir, distinto al uso comercial o doméstico al que habían contratado.

El hallazgo que alcanzó dimensiones de escándalo e indignación entre la ciudadanía, y que involucró a familiares del actual Secretario de Desarrollo Urbano y Obras Públicas SEDUVOP del Gobierno del Estado, Leopoldo Steven Amaro; y a su hermano Hugo Stevens Amaro, Vocero del Frente Ciudadano Anticorrupción, FCA, reveló que la familia Steven habría consumido en tres de sus negociaciones, durante casi 5 años, cuando menos 70 mil metros cúbicos de agua potable para el lavado de automóviles, cantidad de vital líquido que, según estimaciones del INTERAPAS pudo haber surtido a 3 colonias populares durante todo ese tiempo. “Si el agua es un derecho humano, entonces la familia Stevens violó este principio universal”.

Visto en estrados, el Juez Tercero de Distrito hace del conocimiento que dentro del juicio de amparo número 434/2018 promovido por C. Edgardo Stevens Pérez, apoderado legal de la empresa denominada Riste S.A. de C.V. propietaria de la negociación denominada “El Trapazo” contra actos del Organismo Operador. “Por lo que una vez que se resolvió el incidente de suspensión tramitado por el quejoso, el Juez de Distrito determinó concederle la suspensión definitiva” para los efectos siguientes:

A). Para el efecto de que no se haga efectiva ninguna sanción en contra de las empresas quejosas o de la negociación denominada comercialmente “El Trapazo” en sus tres sucursales en avenida doctor Salvador Nava Martínez número 3075 colonia Viveros; avenida Benito Juárez-Carretera San Luis México número 1965 y colonia Cumbres del Bosque; y avenida Chapultepec número 900, Colinas del Parque,,,,

Todos de esta ciudad específicamente alguna consistente en dejar de suministrar el agua, el alcantarillado o desague de la misma a través de las tomas de agua contratadas con el INTERAPAS, siempre y cuando dichas sanciones deriven de algún procedimiento administrativo instaurado por las responsables en contra de la parte quejosa o de la negociación “El Trapazo” tramitado con motivo de alguna infracción que hubieren cometido en razón del contrato de suministro de agua potable que tienen celebrado con el organismo.

B). Para el efecto de que las autoridades responsables se abstengan de realizar declaraciones públicas que puedan difundirse en medios de comunicación escritos, digitales, o de cualquier otro tipo, los datos personales de las empresas quejosas y de la negociación comercialmente denominada “El Trapazo”, derivados de la relación comercial que tienen contratada con el organismo responsable.

 

 

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